Es época de crisis y la incertidumbre económica está afectando a nuestros hábitos de consumo y planes de adquisición Si eres de los que no puedes pasarte por un concesionario sin echarte unas lágrimas por no poder llevarte un vehículo nuevo… ¡anímate! porque hemos encontrado una solución: ¡cómprate uno de segunda mano con un amigo, un familiar o incluso un vecino! Lo único que necesitas es convencer a alguien de que lo haga contigo a medias. Te contamos todos los trámites que tienes que seguir.
Lo primero es tener en cuenta que el artículo 59.3 de la Ley 18/2009 estipula que “en las autorizaciones administrativas de circulación únicamente constará un titular“. Esto significa que, en el permiso de circulación de un vehículo, solo puede constar el nombre de una persona o empresa, independientemente de que en el Registro de Bienes Muebles pueda haber más de un propietario. Por ello, si quieres comprar un vehículo entre dos, la mejor alternativa para evitar complicaciones es redactar un contrato privado entre los compradores, en el que se estipule de manera minuciosa que el coche os pertenece a ambos, y adjuntar el recibo o una prueba de que se abonó con dinero de los dos.
En el contrato entre los dos compradores tiene que figurar:
- El lugar y la fecha en que se rubrica el contrato privado. Los nombres completos, los domicilios y los números de DNI de cada uno de los compradores
- Si alguno de vosotros es menor de edad o presenta una discapacidad, sus datos personales tendrán que ir acreditados con los datos y la firma del padre, madre o tutor, su DNI y un documento que acredite el concepto por el que actúan
- Las características del objeto de la compra: número de matrícula del vehículo, número de bastidor, marca y modelo del coche y precio por el que lo habéis comprado
- Vuestras firmas
De esta forma se deja claro que los dos sois los propietarios de dicho vehículo. Por supuesto, el contrato debe redactarse por duplicado, para que cada uno tenga en su poder una copia.
Como norma general, antes de realizar la compra de un vehículo, hay que asegurarse de que no tiene cargas, embargos, precintos judiciales o limitaciones de disposición (como renting, leasing, etc.). Debes saber que tú eres la persona que tiene que realizar al cambio de nombre del vehículo adquirido, mientras que el vendedor tiene la obligación de notificar la venta, en un plazo de 10 días, a la Jefatura de Tráfico de la provincia en la que tenga su domicilio o en la que fue matriculado el vehículo.
Para ello, resulta necesario un contrato de compraventa donde aparezcan identificados: el comprador, el vendedor, el coche objeto de la transacción, la fecha y la firma de ambos. Por tu parte, dispondrás de 30 días para solicitar la transferencia o renovación del permiso de circulación.
Es conveniente que acudas con el vendedor para hacer los trámites del cambio de titularidad del vehículo. En caso de que a alguno le fuera imposible presentarse, podrá acudir en su lugar otra persona con una autorización y con el DNI original del interesado.
Documentación
Al adquirir un vehículo de segunda mano a un particular, hay una serie de documentos que hay que presentar en la Delegación de Hacienda del municipio de que se trate, primero, y después en la Jefatura Provincial de Tráfico:
- La documentación del coche: original y copia de la Ficha Técnica (que incluye las características del vehículo) y el permiso de circulación
- Si el vehículo tiene más de cuatro años, deberá tener la ITV en vigor
- El DNI en vigor (original y fotocopia) del comprador y el vendedor
- Una copia del Impuesto municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del año en vigor (conocido coloquialmente con “el número del coche”). Si no puedes localizarlo puedes solicitar un duplicado en el ayuntamiento del municipio en cuestión
- El contrato de compraventa del vehículo, que tendrá que ser firmado por comprador y vendedor
- El impreso de solicitud de transmisión de vehículo, que debe estar rubricado también por el comprador y el vendedor
- El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales – Transmisión de determinados medios de transporte usados (modelo 620). Puedes adquirir este impreso en la Delegación de Hacienda local y deberá ir firmado también por el comprador y el vendedor. También se puede descargar desde el portal de Internet de la Agencia Tributaria
- La Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430) cumplimentada. Se necesita presentar cuatro copias de este modelo, que tiene que estar rubricado por el comprador y el vendedor
En la delegación de Hacienda te pueden resolver las dudas que surjan a la hora de cumplimentar los dos últimos impresos, además de calcular el importe que se debe pagar. El abono se podrá efectuar en la entidad bancaria allí disponible.
Una vez abonados en Hacienda los impuestos de transmisiones patrimoniales (modelos 620 y 430), hay que presentar toda la documentación en la Jefatura Provincial de Tráfico y pagar allí la tasa de Transmisión de vehículos. Con ello, Tráfico expide el nuevo permiso de circulación en el que figurará, como titular del coche, el nuevo propietario
Llegados a este punto es entonces cuando se puede firmar el contrato privado que determine que son dos los propietarios del vehículo y podréis disfrutar de vuestra adquisición. ¡No lo pienses más y anímate a buscarte un compañer@ con el que comprarte tu coche!
En cualquier caso, antes de formalizar toda la documentación y realizar el pago, aseguráte de que vuestro coche está en perfectas condiciones. En Chek Your Car respondemos a todas tus preguntas y te asesoramos en la compra de tu nuevo coche. Si no quieres sorpresas cuenta con la opinión de los expertos, cuenta con la opinión de Check Your Car